El amianto es un grupo de fibras minerales naturales con gran resistencia mecánica y térmica. Desde 2002, su venta está prohibida debido a su naturaleza cancerígena. En virtud de esta ley, siempre que identifiquemos situaciones que supongan un riesgo de exposición para las personas, debemos tomar medidas para rectificarlo y minimizarlo.
De conformidad con el Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, cualquier intervención sobre materiales que contengan amianto deberá ser realizada por una empresa especializada inscrita en el Registro de Empresas con Riesgo de Amianto. (RERA), junto con un Plan de trabajo o un plan específico.
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¿Qué debe especificar el plan de trabajo concreto?
Este es un documento que debe establecer las actividades y operaciones que se llevarán a cabo con materiales que contienen amianto y las medidas preventivas que se adoptarán para garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores que realizan estas operaciones.
Puntos específicos del plan
1. Descripción de los trabajos que se van a realizar, especificando el tipo de actividad de que se trata: retirada de amianto, demolición, mantenimiento o reparación, trabajos relacionados con residuos, etc.
2. Los tipos de materiales que se manipularán y si son friables (amianto aplicado por pulverización, aislamiento térmico, paneles aislantes, etc.) o no friables (fibrocemento, amianto-vinilo, etc.) y, en su caso, la forma en que se presentan en el lugar de trabajo, así como las cantidades de amianto o de materiales que lo contienen que se manipularán.
3. La ubicación del lugar donde se llevarán a cabo las obras.
4. La fecha prevista de inicio y la duración de los trabajos.
5. La lista nominal de los trabajadores directamente implicados en el trabajo o en contacto con materiales que contienen amianto, junto con sus categorías profesionales, ocupaciones, formación y experiencia en el trabajo especificado.
6. Los procedimientos que deben aplicarse y los requisitos específicos necesarios para adaptar dichos procedimientos al trabajo concreto que se vaya a realizar.
7. Las medidas preventivas adoptadas para limitar la generación y dispersión de fibras de amianto en el medio ambiente y las medidas adoptadas para limitar la exposición de los trabajadores al amianto.
8. El equipo utilizado para proteger a los trabajadores, especificando las características y el número de unidades de descontaminación, así como el tipo y la forma de uso del equipo de protección personal.
9. Las medidas adoptadas para evitar exponer a otras personas que se encuentren en el lugar donde se realizan los trabajos y en sus inmediaciones.
10. Medidas para informar a los trabajadores sobre los riesgos a los que están expuestos y las precauciones que deben tomarse.
11. Medidas para la eliminación de residuos de conformidad con la legislación vigente, indicando la empresa gestora y el vertedero.
12. Los recursos preventivos de la empresa y, si son externos, indicar las actividades concentradas.
13. Procedimiento establecido para la evaluación y el control del entorno de trabajo de conformidad con el Real Decreto 396/2006.
14. En lo que respecta a las operaciones a corto plazo con una presentación irregular o no planificada previamente, especialmente en los casos de mantenimiento y reparación, el empleador puede sustituir la presentación de un plan para cada trabajo por un único plan general que haga referencia al conjunto de estas actividades y contenga las especificaciones que deben tenerse en cuenta en su desarrollo.
¿Cuándo se debe elaborar un plan genérico en lugar de un plan de trabajo específico?
1. Trabajos de mantenimiento y reparaciones a corto plazo que no se pueden programar con antelación..
Se trata de sustituir juntas, zapatas de freno y embragues, realizar el mantenimiento de instalaciones eléctricas, tuberías de agua, etc.
El plan debe especificar la empresa o empresas principales a las que se aplica, es decir, dónde se pueden realizar las tareas de mantenimiento y reparación, y el tipo específico de material que contiene amianto sobre el que se pueden realizar los trabajos.
2. Eliminación a corto plazo de material de fibra de vidrio.
Todas aquellas personas que cumplan las siguientes condiciones:
– Llévalos a cabo, en su totalidad, en un solo día laborable.
– Máximo de horas por trabajador para todas las operaciones incluidas en el plan de trabajo: 4 horas.
Total máximo de horas trabajadas por todos los trabajadores, teniendo en cuenta todas las operaciones cubiertas por el plan de trabajo: 16 horas.
– En caso de retirada de paneles de fibra de vidrio, la superficie total máxima que se puede retirar es de 100 m².2
3. Trabajar con materiales que contienen amianto y que no se pueden programar con antelación.
En casos como la retirada de escombros y materiales que contienen fibra de vidrio en situaciones de emergencia, como después de un incendio, ya que se trata de un caso que no se puede programar con antelación.
Un plan genérico también se puede aplicar a actividades como:
- Recogida y transporte de residuos de amianto
- Vertederos de residuos
- Muestreo para la realización de estudios destinados a identificar materiales que contengan amianto.
- Análisis y ensayo para identificar MCA
- La vigilancia y el control medioambientales que no se encuentren comprendidos en las excepciones previstas en el artículo 3.2 del Real Decreto 396/2006 (véanse las excepciones al ámbito de aplicación del Real Decreto 396/2006).
Los planes de trabajo genéricos deben actualizarse si las condiciones para su ejecución cambian significativamente.


