El 26 de abril entran en vigor nuevas medidas para contener la pandemia causada por el coronavirus SARS-CoV-2. Se levanta el confinamiento regional y se introducen otros cambios en sectores como el comercio minorista y el deporte. Los indicadores epidemiológicos y sanitarios recomiendan que se mantenga la mayor parte de las restricciones hasta que mejore la situación.
A continuación se incluye toda la información sobre las medidas que se prorrogan hasta el 3 de mayo.
Movilidad
Cataluña: entrada y salida restringidas sin motivo justificado.
Actividades sociales
Límite de 6 personas para reuniones sociales, a menos que sean miembros del hogar. No obstante, se recomienda restringir al máximo las reuniones familiares y sociales en espacios cerrados, incluidos los hogares, y limitarlas a visitas a personas dependientes o vulnerables, siempre de la misma burbuja de convivencia.
Toque de queda nocturno
No se permite permanecer en la calle entre las 10 de la noche y las 6 de la mañana, salvo por motivos justificados.
Empresas
El teletrabajo debe realizarse, salvo cuando no sea posible.
Suspensión de congresos, convenciones, ferias y actividades similares.
Hospitalidad
Terrazas: Abrir con una distancia mínima señalizada de 2 metros entre comensales de diferentes mesas o grupos de mesas. Limitado a 4 comensales por mesa o grupo de mesas, excepto para grupos burbuja. De 07:30 a 17:00. El resto del horario es para recogida en tienda o entrega a domicilio.
Interior: Abierto al 30 % de su capacidad, con buena ventilación natural o forzada y una distancia mínima de 2 metros entre comensales de diferentes mesas o grupos de mesas. Límite de cuatro comensales por mesa o grupo de mesas, excepto para grupos burbuja. De 07:30 a 17:00. Fuera de este horario, solo recogida en el local o entrega a domicilio.
Actividades culturales
Abierto: Los cines, teatros, circos, auditorios y salas de conciertos pueden operar al 50 % de su capacidad, con un máximo de 500 personas, o 1000 si se mejora la ventilación. Los museos, bibliotecas y salas de exposiciones también pueden abrir al 50 % de su capacidad.
Se pueden resumir así: Actividades culturales populares y tradicionales, galas, ceremonias de entrega de premios y festivales. Los asistentes deben permanecer sentados y se deben respetar las mismas restricciones de aforo y recomendaciones de ventilación establecidas anteriormente.
Comercio minorista y centros comerciales
30% de la capacidad en pequeños comercios minoristas, establecimientos y centros comerciales (incluidos los restaurantes hasta las 17:00 horas) y mercados no permanentes, que también podrán abrir los fines de semana independientemente de su actividad.
Deporte
Instalaciones y equipamientos deportivos cubiertos y al aire libre: 50 % de aforo. Sin ventilación y con calidad del aire mejorada: límite de seis personas y uso obligatorio de mascarilla en actividades grupales. Se pueden utilizar los vestuarios.
Competiciones: se permiten las competiciones internacionales, profesionales, nacionales y clasificatorias, así como las ligas regulares para todas las edades. En estas competiciones, con la excepción del baloncesto y el fútbol profesionales, se permite la asistencia de espectadores, con un límite del 50 % del aforo y siempre con asientos preasignados.
Actividades recreativas
Instalaciones cívicasActividades al aire libre permitidas de carácter físico o entrenamiento de la memoria para personas mayores de 60 años en grupos de hasta seis personas.
Abierto:
- Parques infantiles hasta las 8 p. m., con un 50 % de aforo.
- Áreas de juego interiores para niños con una capacidad para 301 personas y sin restauración.
- Salas de juego, casinos y salas de bingo Pueden abrir con un límite de aforo de 30%, hasta un máximo de 100 personas, garantizando una ventilación mínima. Si cuentan con sistemas de ventilación reforzados de acuerdo con la normativa, el máximo se amplía a 250 personas (dentro del límite de aforo de 30%). Los clientes deben sentarse en grupos de hasta seis personas, con una separación de dos metros entre grupos. No podrán abrir servicios adicionales de bar y restauración.
Universidades y escuelas
Universidades: En las actividades teóricas presenciales, se podrá considerar un aumento de la asistencia simultánea restringida, hasta un máximo del 30 % de los estudiantes de cada universidad.
Educación general regulada, incluidas las escuelas autorizadas de música y danza.Reducción de la actividad presencial.
Bachillerato, formación profesional, educación secundaria obligatoria, primaria y educación infantil.Asistencia completa.
Actividades extracurricularesSe permiten las actividades extracurriculares, de ocio y deportivas para alumnos desde preescolar hasta bachillerato y cursos de formación profesional, ya sea dentro o fuera de las instalaciones escolares, con un máximo de seis personas (excepto aquellas que mantengan un grupo burbuja).
Se permiten los viajes de una noche fuera de las instalaciones escolares, siempre y cuando no se rompa la burbuja.
Fuente: Gencat



