La vigilancia de la salud en el trabajo permite la recopilación sistemática y continua de los datos de salud de los empleados en relación con su lugar de trabajo y es esencial para detectar, evaluar y medir cualquier posible efecto patológico en la salud de los empleados, así como para evaluar la eficacia de las medidas preventivas de la empresa.
¿Con qué frecuencia debe realizarse la inspección?
- Al inicio de la relación laboral del trabajador con la empresa.
- Periódicamente, de conformidad con los protocolos específicos del lugar de trabajo.
- Después de un ausencia prolongada del trabajador por motivos de salud, con el fin de identificar a los trabajadores que son especialmente vulnerables y facilitar su reincorporación al trabajo en condiciones seguras, saludables y sostenibles.
- Cuando hay un cambio de trabajo o lugar de trabajo, y al trabajador se le asignan tareas específicas que implican nuevos riesgos para la salud.
- En solicitud del empleado.
- Cuando se considere necesario una reevaluación del trabajador por parte de salud laboral.
¿A qué hora se debe llevar a cabo el reconocimiento?
Siempre dentro del horario laboral. Si se llama al empleado fuera del horario laboral, la empresa está obligada a compensarle por ese tiempo.
¿Quién recibirá los resultados de la evaluación?
La información sobre los exámenes médicos solo es accesible para el trabajador.
¿El empresario conocerá los resultados del reconocimiento?
El empleador y las personas u organismos con responsabilidades preventivas solo serán informados de las conclusiones relativas a la aptitud del trabajador para su puesto de trabajo, así como de las relativas a la necesidad de adaptar el lugar de trabajo a la salud del trabajador (respetando la confidencialidad y la no discriminación), con el fin de realizar las adaptaciones necesarias e introducir o mejorar las medidas de prevención y protección.


